{"id":42592,"date":"2023-08-21T20:53:27","date_gmt":"2023-08-21T20:53:27","guid":{"rendered":"https:\/\/lamarescapela.pt\/nuevo-plazo-de-oposicion-a-la-nacionalidad-cambios-e-implicaciones\/"},"modified":"2023-08-25T05:44:54","modified_gmt":"2023-08-25T05:44:54","slug":"nuevo-plazo-de-oposicion-a-la-nacionalidad-cambios-e-implicaciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lamarescapela.pt\/es\/conocimiento\/nacionalidad-portuguesa\/nuevo-plazo-de-oposicion-a-la-nacionalidad-cambios-e-implicaciones\/","title":{"rendered":"Nuevo Plazo de Oposici\u00f3n a la Nacionalidad: Cambios e Implicaciones"},"content":{"rendered":"<p>En este art\u00edculo, vamos a explorar el <strong>per\u00edodo de oposici\u00f3n a la adquisici\u00f3n de la nacionalidad en Portuga<\/strong>l, tal como se define en el art\u00edculo 56, n\u00ba 1, del Reglamento de Nacionalidad (Decreto-Ley n\u00ba 237-A\/2006, de 14 de diciembre). Recientemente, se han introducido modificaciones al reglamento que tienen implicaciones significativas para el proceso.<\/p>\n<p>Discutiremos estos cambios y su impacto potencial en las personas que buscan la nacionalidad portuguesa.<\/p>\n<p>A pesar de ser considerados los cambios m\u00e1s \u00abrecientes\u00bb, tienen una vigencia de m\u00e1s de un a\u00f1o, desde abril de 2022. Sin embargo, parece que la actividad del Registro se ha vuelto m\u00e1s intensa ahora y, teniendo en cuenta las numerosas preguntas que recibimos a diario sobre este tema, nos pareci\u00f3 necesario escribir un art\u00edculo para explicarlo.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h4><strong>El plazo anterior y su fundamento<\/strong><\/h4>\n<p>En la versi\u00f3n anterior del <a href=\"https:\/\/files.dre.pt\/StaticContent\/Lei_37_81_EN.pdf\" rel=\"noopener\">Reglamento de Nacionalidad<\/a>, el plazo de un a\u00f1o para la oposici\u00f3n a la nacionalidad se computaba a partir de la fecha del hecho del que depende la adquisici\u00f3n de la nacionalidad.<\/p>\n<p>En t\u00e9rminos pr\u00e1cticos, se refiere a la fecha de presentaci\u00f3n del proceso de adquisici\u00f3n de la nacionalidad en la que se expres\u00f3 la voluntad de adquirir la nacionalidad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h4><strong>Altera\u00e7\u00e3o recente &#8211; DL 26\/2022<\/strong><\/h4>\n<p>En 2022 se realiz\u00f3 una notable modificaci\u00f3n (DL 26\/2022) del Reglamento de Nacionalidad, que entr\u00f3 en vigor el 15 de abril. Sorprendentemente, este cambio se implement\u00f3 con un m\u00ednimo anuncio por parte del Gobierno. <strong>La modificaci\u00f3n introdujo un cambio significativo en el plazo de oposici\u00f3n a la adquisici\u00f3n de la nacionalidad.<\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h4><strong>Plazo actual para oponerse a la adquisici\u00f3n de la nacionalidade<\/strong><\/h4>\n<p>De acuerdo con la reforma del art\u00edculo 56 del Reglamento de Nacionalidad, e<strong>l Ministerio P\u00fablico ahora tiene un a\u00f1o a partir de la fecha de registro de la adquisici\u00f3n de la nacionalidad para ejercer acciones judiciales ante los tribunales administrativos y tributarios para oponerse a la adquisici\u00f3n de la nacionalidad por testamento<\/strong>.<\/p>\n<p>Esto quiere decir que la fecha de registro, que es la fecha de otorgamiento de la nacionalidad, permite interponer una demanda en cualquier momento del proceso e incluso dentro del a\u00f1o siguiente a la conclusi\u00f3n del proceso.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h4><strong>Identificaci\u00f3n temprana y preocupaciones<\/strong><\/h4>\n<p>Al estar al tanto de los cambios legislativos, fuimos de los primeros en llamar la atenci\u00f3n sobre el cambio incluso antes de que se promulgara. Manifestamos nuestra preocupaci\u00f3n por este cambio, considerando que el plazo anterior era m\u00e1s favorable para los solicitantes.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h4><strong>Casos pendientes y notificaciones<\/strong><\/h4>\n<p>De conformidad con la ley de 2022, el Decreto Ley modificado se aplica a los casos pendientes a la fecha de su entrada en vigor. Por lo tanto, el Conservatorio est\u00e1 notificando efectivamente los casos pendientes durante m\u00e1s de un a\u00f1o desde la fecha de presentaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<h4><strong>Nuestros casos en curso<\/strong><\/h4>\n<p>En nuestros casos espec\u00edficos, aunque tenemos varios procesos en curso, <strong>recibimos notificaciones en solo algunos casos donde el proceso se inici\u00f3 en 2021 y las notificaciones se recibieron en 2023. Curiosamente, estas notificaciones no solo estaban relacionadas con la prueba de conexi\u00f3n; hubo otros factores involucrados.<\/strong><\/p>\n<p>En respuesta, manejamos estos casos estrat\u00e9gicamente y, hasta la fecha, ninguno de ellos ha sido llevado a juicio. Sin embargo, estamos atentos ya que la posibilidad permanece.<\/p>\n<p>En respuesta, manejamos estos casos estrat\u00e9gicamente y, hasta la fecha, ninguno de ellos ha sido llevado a juicio. Sin embargo, estamos atentos ya que la posibilidad permanece.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h4><strong>Conclusi\u00f3n<\/strong><\/h4>\n<p>Comprender el plazo para la oposici\u00f3n a la nacionalidad es crucial para las personas que pretenden obtener la nacionalidad portuguesa. Los cambios recientes al Reglamento de Nacionalidad cambiaron la base de este plazo, con un impacto en el proceso y posibles demandas.<\/p>\n<p><strong>Aconsejamos a los solicitantes que est\u00e9n bien informados y sean proactivos durante el proceso, as\u00ed como que busquen orientaci\u00f3n legal para abordar de manera efectiva cualquier desaf\u00edo<\/strong>.<\/p>\n<p>Si necesita ayuda o tiene preguntas sobre este (o cualquier otro) tema, no dude en <a href=\"https:\/\/lamarescapela.pt\/es\/contacto\/\">contactarnos<\/a> en cualquier momento.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>NOTA<\/strong><\/p>\n<p>Este art\u00edculo fue escrito por nuestra abogada y socia directora Ana Sofia Lamares.<\/p>\n<p>Habiendo ya tratado numerosas solicitudes de nacionalidad portuguesa, su experiencia es muy buscada por cualquiera que quiera ayuda para otorgar la Ciudadan\u00eda o Nacionalidad.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En este art\u00edculo, vamos a explorar el per\u00edodo de oposici\u00f3n a la adquisici\u00f3n de la nacionalidad en Portugal, tal como se define en el art\u00edculo 56, n\u00ba 1, del Reglamento de Nacionalidad (Decreto-Ley n\u00ba 237-A\/2006, de 14 de diciembre). 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